
LICEO CIENTÍFICO HUMANISTA LA CHIMBA B-36
ANTOFAGASTA
INDICE
l.- Fundamentación
ll.- Disposiciones Generales
lll.- Organización y Deberes
lV.- Deberes y Derechos
V.- Constitución del Centro de Padres
Vl.- Comisión revisora de Cuentas
Vll.- Disposiciones Generales
Vlll.- Disposiciones Finales
ANEXO
l.- FUNDAMENTACIÓN
El presente reglamento Interno del Centro de Padres del Liceo Científico Humanista la Chimba B-36, fue elaborado de acuerdo a lo dispuesto en el decreto ley N° 565 del 6 de Junio de 1990, publicado en el Diario Oficial el 8 de Noviembre de 1990, que aprueba el “Reglamento de Centros de Padres para establecimientos Educacionales reconocidos oficialmente por el ministerio de Educación”.
ll.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo N°1: El Centro de Padres es el organismo que representa a los padres y apoderados (as) del Liceo ante la dirección del establecimiento y sus objetivos y fines serán los siguientes:
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Vincular estrechamente el hogar de los alumnos con el liceo y propender, a través de sus miembros, a que mantengan y perfeccionen sus hábitos, actitudes e ideas que hacen posible la educación.
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Apoyar la labor del Liceo interesándose por su prestigio moral y prosperidad material.
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Mantener, mediante reuniones periódicas un vínculo permanente con la dirección del Liceo para el cumplimiento de sus objetivos.
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El Director (a) del Liceo o su representante participará en las reuniones del directorio en calidad de asesor.
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El presente año, cumplirá funciones de ASESOR DEL CENTRO DE PADRES el profesor (a): Profesora Ines Barraza.
lll.- EL CENTRO DE PADRES
Funciones del Directorio o Directiva del Centro de Padres:
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Dirigir el Centro de Padres de acuerdo a sus fines y funciones y administrar sus recursos.
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Representar al Centro de Padres y los Sub-centros ante la dirección del Establecimiento, la comunidad escolar y demás organismos y agentes externos con los cuales el Centro de Padres deba vincularse.
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Elaborar los planes, programas y proyectos de trabajo anual y difundirlos entre sus miembros.
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Convocar a reuniones de Asamblea General y de Directivas de Curso.
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Supervisar las actividades que realizan algunos organismos internos del Centro de Padres y sus comisiones.
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Informar periódicamente a la Dirección de Liceo del desarrollo de programas de trabajo, de las inquietudes e intereses de los padres en torno a la marcha del proceso escolar y obtener de dicha Dirección la información indispensable para mantener compenetrados a los padres de los propósitos y desarrollo del Proyecto Educativo del Liceo.
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Elaborar e informar, Cuentas, Actas, Balances que le corresponde presentar a la Asamblea General o a las Directivas de cada Curso.
lV.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS INTEGRANTES DEL CENTRO DE PADRES
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Las reuniones se celebraran en el establecimiento, debiendo ser programadas en conocimiento del Asesor (a) del Centro de Padres. Las citaciones se redactarán y enviarán desde el Liceo con Dos días de antelación a la fecha de la reunión.
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Las reuniones serán convocadas mensualmente para tomar acuerdos, revisar balances e informar las gestiones que haya podido realizar el Centro de Padres.
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Los acuerdos del Directorio del Centro de Padres, serán comunicados al resto de los Apoderados en las reuniones de sub-centros por el Presidente.
V.- CONSTITUCIÓN DEL CENTRO DE PADRES
ARTÍCULO N°2: El Centro de Padres del Liceo se organizará y funcionará de acuerdo al siguiente reglamento.
LA DIRECTIVA: Estará Formada por un grupo de apoderados, los cuales serán idóneos al cargo, elegidos por los socios activos del Centro General de Padres la cual se hará mediante votaciones dirigidas por un TRICEL.( Todo socio activo tendrá derecho a votar).
LA ASAMBLEA GENERAL: Estará constituida por la totalidad de los Padres y Apoderados de los alumnos del Liceo y, en su ausencia de cualquiera de ellos, por el apoderado suplente. Solo los socios activos tendrán derecho a voz y voto.
FUNCIONES DE LA DIRECTIVA DEL CENTRO DE PADRES:
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Aprobar el reglamento internoy sus modificaciones de acuerdo con los procedimientos que establezca dicho reglamento.
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Tomar conocimiento de los Informes, Actas y Balances que debe entregar el Directorio.
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La asamblea general deberá ser convocada a lo menos una vez al año, para tomar conocimiento de la Memoria Anual de la gestión administrativa realizada por el directorio.
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Elaborar un plan de Trabajo Anual, organizando diversas actividades, tales como rifas, charlas, convivencias, etc. Este Plan de trabajo se presentara en la segunda Asamblea de Padres y Apoderados, para su aprobación.
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La cuota anual del Centro de Padres será de $ 15.000.- (quince mil pesos) anuales por familia.
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El Centro de Padres recibirá las inquietudes por aportes en dinero con 15 (quince) días de antelación y quien solicite este aporte debe entregar la rendición de estos recursos 20 (veinte) días pasados de la actividad realizada con estos aportes, (Boleta, en que se utilizó, fotos, etc.).
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El Centro de Padres financiará los premios para los alumnos que Egresan del Liceo y cuyo desempeño Escolar sea destacado como , y al alumno (a) el cual sea acreedor del premio .
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Presentar proyectos o proposiciones que vayan en beneficio de la comunidad escolar, para incluirlas en el plan de trabajo.
LOS SUB-CENTROS: Por cada curso del liceo existirá un sub-centro de Padres que estará integrado por todos los Padres y apoderados del respectivo curso. La directiva de cada sub-centro estará formada a lo menos, por Presidente (a), Secretario (a), Tesorero (a).
FUNCIONES DE LAS DIRECTIVAS DE LOS SUB-CENTROS:
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Estimular la participación de todos los apoderados de cada curso en las actividades programadas por el Centro de Padres del Liceo, Anteriormente aprobadas por las directivas de los Sub-centros.
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Programar acciones que vayan en beneficio de los alumnos y alumnas de sus cursos, en lo referido a bienestar material y en actividades que mejorarán el rendimiento escolar.
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Asistir a las reuniones programadas por el Centro de Padres.
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Las consultas de tipo técnico pedagógicas se harán a cada Profesor Jefe o en su defecto, al Director (a) del Liceo.
ARTICULO N°3: En caso de renuncia, enfermedad o ausencia prolongada de alguno de los miembros de la Directiva del Centro de Padres, el resto de esta directiva nombrara un reemplazante, que durara en el ejercicio el periodo que dure la ausencia de este integrante.
ARTICULO N°4: La Directiva del centro de Padres cumplirá las siguientes funciones:
PRESIDENTE (A):
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Presidir Asambleas Generales y Reuniones de Directiva.
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Velar por el cumplimiento de las funciones de cada miembro de la Directiva.
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Asistir a reuniones de organismos externos al Liceo.
SECRETARIO (A):
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Tomar Actas de las reuniones e incorporarlas en el Libro de Actas.
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Recibir, Redactar y contestar correspondencia del Centro de Padres.
TESORERO (A):
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Cobrar y mantener el dinero del Centro de Padres, manteniéndolo en todo momento para que las inversiones se hagan oportunamente.
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Mantener al día el libro de Contabilidad.
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Organizar, junto a la Directiva el sistema de cobranza.
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Ejecutar cotizaciones y compras.
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Hacer balance anual, mensual, semestral o según se haya acordado en reunión de asamblea.
Vl.- COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS
ARTICULO N°5: La Comisión Revisora de Cuentas se constituirá, en la primera asamblea de Centro General de Padres, la cual trabajara como fiscalizadora y ministro de Fe de que los balances entregados por la Tesorera está, en rígido orden.
Vll.- DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO N°6: Todo apoderado cuyo aporte del Centro General de Padres sea cancelado en su totalidad, tendrá la calidad de miembro activo.
El apoderado cuyo hijo sea alumno prioritario estará exento del pago total no así un aporte voluntario, presentando el documento que lo acredite como tal.
La Calidad de miembro del Centro de Padres se pierde al retirar al alumno del Liceo o por renuncia escrita.
ARTICULO N° 7: Para realizar alguna modificación al presente reglamento interno del liceo Científico Humanista B-36 se requiere, a lo menos al 51% de la aprobación de los apoderados.
ARTICULO N°8: Los Cursos cuyas directivas No se presenten a reunión de Centro de Padres, se les multara con un valor de $10.000.-, El no pago de esta multa limitara al Curso a percibir todo beneficio del que sea parte el Centro general de Padres.
Vlll.- DISPOSICIONES FINALES
Cualquier situación no contemplada en el Presente Reglamento Interno, deberá tratarse en la Directiva del Centro de Padres, en presencia de la profesora Asesora, y posterior aprobación de los Sub-centros en reunión extraordinaria.
HORARIO DE ATENCIÓN A LOS PADRES Y APODERADOS
Martes de 09:00 a 12:00 horas
PERFIL DEL APODERADO
Todo apoderado del Liceo Científico Humanista la Chimba B-36 deberá:
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Apoyar con dedicación y continuidad del proceso educativo de sus pupilos: asistiendo oportunamente al Liceo para informarse acerca de su rendimiento y comportamiento, orientando y controlando el uso de su tiempo libre en el hogar y velando por el cumplimiento de sus obligaciones escolares.
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Conocer y aceptar la filosofía, principios, objetivos, políticas, normas, reglamentos y decisiones que el Liceo adopte en las materias de naturaleza educativa que le son de su dominio exclusivo en cuanto institución responsable de la educación escolar.
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Integrarse y participar en los Sub-centros y en el Centro de Padres y apoderados correspondiente al grado o curso en que está su(s) pupilo(s).
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Promover permanente el desarrollo de actitudes, gestos, expresiones y actos positivos hacia el Liceo, sus profesores, todos sus estudiantes, todos sus padres y apoderados y todos sus funcionarios.
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Emplear el conducto regular para canalizar sus críticas, inquietudes e iniciativas, respetando las distribuciones de funciones y las responsabilidades que corresponden a los profesores y al personal del Liceo, así como también la planificación de actividades realizadas por la institución.
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Asistir y participar en los eventos especiales que programa el Liceo o el Centro de Padres.
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Respetarse entre sí, ya sea en creencias religiosas, clasificación de carácter social, etc.
ANEXO:
APORTE CUARTOS MEDIOS
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El Centro General de Padres del liceo la Chimba aportara la cantidad de $500.000.- reajustable según el IPC acumulado en transcurso de este periodo, o según la cantidad que apruebe la asamblea a la fecha del reajuste.
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La asamblea determinara el monto entregado correspondiente a los premios de los mencionados en el párrafo , en el
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Toda modificación a estos montos se realizaran en el periodo que estable el presente reglamento.
LICEO CIENTÍFICO
HUMANISTA LA CHIMBA
